¿Eres uno de esos afortunados que disfruta de una caravana o estás pensando en comprarte una? La documentación necesaria es una de las dudas más frecuentes, y hoy vamos a resolverla. El Reglamento General de Vehículos marca las diferencias en función de la MMA (Masa Máxima Autorizada). Estos son los documentos imprescindibles que deben llevar consigo las caravanas. ¡Toma nota!

MMA inferior o igual a 750 kilos

Para las caravanas con una MMA inferior o igual a 750 kilos la norma dice lo siguiente: «las caravanas y remolques ligeros estarán dotados de una tarjeta de inspección técnica», y se recoge además que: «en los conjuntos de vehículos formados por automóviles que arrastren remolques o semirremolques cuya masa máxima autorizada sea inferior o igual a 750 kilogramos, figurará en el reverso de la tarjeta de la inspección técnica del automóvil que lleva instalado un sistema de acoplamiento compatible con el del remolque, de acuerdo con la legislación vigente».

Por ello, no basta sólo con la tarjeta técnica de la caravana, sino que deben incorporar también a la tarjeta técnica del vehículo los datos del sistema instalado para el acoplamiento de remolque y que éste sea compatible con el mismo.

MMA superior a 750 kilos

Es obligatoria la tarjeta de inspección técnica y la referencia al sistema instalado para el acoplamiento, pero además la norma establece que estas caravanas con una MMA superior a 750 kilogramos deben ser matriculadas y llevar una placa de matrícula independiente a la del vehículo. No será lo único que necesiten.

Si tienes una de estas caravanas es probable que deban pasar inspecciones de ITV periódicas. Concretamente, la norma dice que las caravanas remolcadas de MMA superior a 750 kilos con una antigüedad de 6 años quedan exentas, mientras que áquellas con más de 6 años deberán pasar la ITV cada dos años.

Por supuesto, también es necesario un seguro para caravanas. Si bien las caravanas con una MMA igual o inferior a 750 kilos no necesitan una póliza individual y tienen suficiente con el seguro del coche, las que superan este peso deben contratar un seguro independiente.

Por último, tampoco puedes olvidarte del Impuesto de Circulación, que deberán hacer frente caravanas y remolque con una capacidad de carga superior a los 750 kilos. (Atento, que en este apartado estamos hablando de la Tara y no de la MMA).

Para aclararlo todo, vamos a resumirlo a continuación.

Caravanas de Masa Máxima Autorizada inferior a 750 kilos:

  • Tarjeta ITV
  • Documento sistema de acoplado compatible
  • Sin revisiones de ITV
  • Remolque con matrícula del vehículo
  • Comunicación en el seguro del automóvil del uso de la caravana

Caravanas de Masa Máxima Autorizada superior a 750 kilos:

  • Tarjeta ITV y permiso de circulación
  • Documento sistema de acoplado compatible
  • Revisiones periódicas ITV
  • Matrícula propia
  • Seguro individual

 

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