El sol, la carretera y la libertad de ir a donde quieras. El verano es la temporada por excelencia para los amantes de las autocaravanas. Pero antes de arrancar, la Guardia Civil ha querido recordar una serie de normas clave para garantizar la seguridad de todos en la carretera y, de paso, evitarte un buen susto en forma de multa. Porque, aunque no lo parezca, conducir una autocaravana no es lo mismo que conducir un coche.

 

Conducir con cabeza y precaución

El primer consejo y el más importante es la prudencia. Una autocaravana tiene unas dimensiones y un peso muy superiores a los de un turismo. Esto significa que sus reacciones son diferentes: la distancia de frenado es mayor y la estabilidad en curvas se reduce. Por eso, la Guardia Civil insiste en adaptar la velocidad y extremar las precauciones. Si circulas con un remolque, asegúrate de que el enganche esté correctamente homologado. Además, si el remolque supera los 750 kg, es obligatorio que cuente con un freno de inercia para evitar que te impulse hacia adelante en una frenada.

 

Pasajeros: Cada uno en su sitio

Una de las dudas más frecuentes es si los pasajeros pueden viajar en la zona de vivienda mientras la autocaravana está en movimiento. La respuesta es clara: no. Según la normativa, todos los ocupantes deben viajar en sus asientos, utilizando siempre el cinturón de seguridad. La zona de vivienda está diseñada para ser utilizada únicamente cuando el vehículo está parado. Saltarse esta norma no solo es motivo de sanción, sino que pone en grave riesgo la vida de los ocupantes en caso de accidente.

 

La ITV: No la dejes para el último momento

La Inspección Técnica de Vehículos (ITV) es un trámite obligatorio que garantiza que tu vehículo cumple con las condiciones mínimas de seguridad. Para las autocaravanas, los plazos son diferentes a los de los coches convencionales.

  • Primera revisión: Se debe pasar a los cuatro años de la matriculación.
  • Revisión bienal: Después de la primera ITV, la inspección es cada dos años hasta que el vehículo cumpla los diez años de antigüedad.
  • Revisión anual: A partir de los diez años, tendrás que acudir a la ITV cada año.

 

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